Rol Frente a la Administración del riesgo
Artículo 4 del Decreto 1537 de 2001: Las entidades de la Administración Pública deben contar con una política de Administración del Riesgo, tendiente a darle un manejo adecuado a los riesgos, con el fin de lograr con eficiencia el cumplimiento de sus objetivos y estar preparados para enfrentar cualquier contingencia.
En el Modelo Estándar de Control Interno –MECI está el componente del Subsistema de Control Estratégico: garantizar la Gestión institucional y el fortalecimiento del ejercicio del Autocontrol Componente del Subsistema de Control Estratégico: garantizar la Gestión institucional y el fortalecimiento del ejercicio del Autocontrol del Sanatorio de Agua de Dios ESE.